viernes, 7 de abril de 2017

Comisiones de servicio : ¿será porque les caes bien?

El art 78.1 del EBEP señala los principios en que se han  de basar las Administraciones Públicas para la provisión de los puestos de trabajo, que son los mismos que para el acceso al empleo público, es decir, igualdad, mérito, capacidad y publicidad y el concurso de méritos es el sistema normal de provisión de puestos de trabajo, mientras que las comisiones de servicio se contemplan únicamente para cubrir un puesto de trabajo que haya quedado vacante y cuya provisión sea de urgente e inaplazable necesidad, y hasta aquí la teoría.
En la práctica, las comisiones de servicio, vienen siendo desde hace mas tiempo del que podemos recordar, el sistema normal de provisión de puestos de trabajo, sistema por el cual, los funcionarios/as responsables de las distintas unidades cubren las vacantes de puestos de trabajo, sin publicidad y sin atender a criterios contrastados de igualdad, mérito y capacidad, eligen de entre sus conocidos, aquellas personas que entienden pueden desempeñar el puesto de trabajo que ofrecen, para después de un tiempo, sobre seguro, sacar la plaza a concurso, para que acreditando los méritos suficientes por el desempeño del puesto de trabajo, adquieran la plaza mediante concurso.
El sistema se pervierte, por el propio sistema y lo  que debería ser lo excepcional se convierte en lo normal. De este modo la movilidad y por ende la carrera profesional de los funcionarios y funcionarias se ve supeditada, en el mejor de los casos a la suerte o a los contactos con los que contaba quien quería cambiar de puesto de trabajo y en otros al grado de relación o amistad que tenía con los o las responsables de la unidad, quedando en los concursos de traslados una mínima parte de las plazas ofertadas “sin bicho”.
En los últimos tiempos hemos visto como el sistema ha dado una vuelta de tuerca mas hacia la arbitrariedad, y es que  si antes necesitabas conocer a alguien, “a quien cayeras bien” que te diera una plaza en comisión de servicios, … con lo que solía bastar. Ahora además tienes que “caer bien” en el sitio donde tienes tu puesto de trabajo, dado que si no te dan su consentimiento, no podrás moverte.
De este modo mientras vemos como los altos cargos de la Administración van y vienen con profusión y gozan de movilidad, la del resto del funcionariado se encuentra supeditada a que “caigamos bien”, de donde salimos y a donde vamos. Arbitrariedad que se ha puesto de manifiesto últimamente en la Dirección General del Agua, donde una compañera con una verdadera necesidad de conciliación de su vida familiar, solicitó una plaza en comisión de servicio en su lugar de residencia, que le fue concedida, pero se topó con la arbitrariedad de una mujer, de la Directora General del Agua y la de los responsables de RRHH del MAPAMA, quienes pese a haber candidatos para cubrir la plaza que se quedaría vacante, no han concedido permiso para que la compañera pudiera conciliar mejor su vida laboral con la familiar.
 ¿SERÁ PORQUE NO LES CAE BIEN?